Iniciar Sesión

Nombre de Usuario

Contraseña



¿Aún no eres miembro?
Pulsa aquí para registrarte.

¿Contraseña olvidada?
Pulsa aquí para obtener una nueva contraseña.

Frases sobre Trabajo

Solo los necios se sienten satisfechos y confiados con la calidad de su trabajo

Eventos

<< Septiembre 2010 >>
Lu Ma Mi Ju Vi  Do
       1  2  3  4  5 
 6  7  8  9 10 11 12 
13 14 15 16 17 18 19 
20 21 22 23 24 25 26 
27 28 29 30          

Sin Eventos.

MUTUALIDAD: LAS COSAS EN SU SITIO

El pasado verano, la Mutualidad de Empleados del Banco de España (MEBE) sometió a la aprobación de su Asamblea General, entre otras, dos cuestiones polémicas:


  • Modificación de la fórmula de cálculo de la pensión para mutualistas que hayan cotizado a la Seguridad Social por trabajos realizados en empresas diferentes al Banco de España.

  • Modificación en el sueldo regulador de la pensión consistente en considerar la media de los últimos cinco años, en vez de un año.

  • A pesar de los intentos de algunos Sindicatos y miembros de la Asamblea de posponer estas propuestas, hasta que se contara con un informe justificativo de las mismas, la dirección de la MEBE, haciendo caso omiso de estas sugerencias, consiguió que fueran sacadas adelante.


    Algunos mutualistas y representantes en la Asamblea, presentaron ante la misma Dirección General, reclamaciones sobre el fondo y la forma de las modificaciones rerferidas. La Dirección de la MEBE presentó la propuesta de modificación del Reglamento de Prestaciones ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

    La señalada Dirección General de Seguros emitió Resolución a mediados del pasado mes de diciembre, en la que señala textualmente: “Así estas modificaciones del Reglamento de Prestaciones constituyen una modificación contractual a las condiciones iniciales pactadas en el momento de contratar el seguro y por ello en caso de alteración debe ser informado cada asegurado para que tenga conocimiento de estas."

    "Consecuencia de lo anterior se considera [que] (…) para que sea válidamente adoptado el acuerdo de modificación propuesto es preciso que la mutualidad convoque individualmente a los mutualistas afectados por la modificación, entendiendo por tales en este caso, aquellos cuya cuantificación de sus prestaciones pudiera verse afectada. Por tanto, la mutualidad deberá consultar a aquellos mutualistas en activo que tengan menos de 34 años y un día de cotización a la Seguridad Social por su trabajo en el Banco de España, para la modificación de la fórmula de cálculo de la pensión para mutualistas que hayan cotizado a la Seguridad Social por trabajos realizados en empresas diferentes del Banco de España; y a todos los mutualistas en activo para la modificación en el sueldo regulador de la pensión consistente en considerar la media de los últimos cinco años, en vez de un año como venía siendo hasta ahora.
    Junto con la convocatoria deberá acompañarse el texto del Reglamento de Prestaciones o de los acuerdos que vayan a ser sometidos a aprobación, así como un informe justificativo emitido por la junta directiva”


    De este modo la Dirección de Seguros vuelve a poner las cosas en su sitio. Los acuerdos adoptados en el verano pasado no son válidos y, por lo tanto, no pueden ser aplicados. Habrá que saber qué tipo de cálculos han realizado a quienes han pasado a la situación de prejubilación a partir del 1º de enero.

    Por otro lado es necesario también que la dirección de la MEBE explique a los mutualistas por qué actuó de esta manera si ya sabía que el procedimiento era inadecuado. Hace tiempo intentaron aprobar las mismas modificaciones y, por parte de la Inspección de Seguros se emitió un informe que señalaba la necesidad de consultar a todos los afectados por la modificación. Incluso parece que existe un informe del gabinete jurídico que habitualmente asesora a la MEBE, en el mismo sentido de señalar la necesidad de consultar a todos los afectados al no ser competente la Asamblea de la Mutualidad para aprobar dichas modificaciones.

    También el Banco tiene su responsabilidad en este asunto, pues sus representantes en la Asamblea de la MEBE siguieron a pies juntillas las indicaciones recibidas de “arriba” para dar su visto bueno a tales propuestas.
    Del mismo modo nuestra Consejera debería explicar qué intereses tenía en las reformas ahora anuladas por Seguros, sobre todo tras las rondas informativas que realizó, apoyando dichas reformas.

    Sin embargo, lo importante ahora, es que la razón se ha vuelto a imponer –esta vez por la Dirección General de Seguros- y que la dirección de la MEBE debe actuar en consecuencia: cumpliendo con la Resolución recaída, reponiendo los derechos de los afectados y guiando su gestión hacia la defensa de todos los mutualistas.

    14 de enero de 2010


    La Resolución íntegra de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones puede consultarse en nuestra página web, o puede ser solicitada a la Sección Sindical.

    Comentarios

    No se han publicado comentarios.

    Enviar Comentario

    Debes iniciar sesión para publicar un comentario.

    Valoraciones

    La valoración sólo está disponible para miembros.

    Inicia sesión o regístrate para poder votar.

    No se han enviado valoraciones.
    Tiempo de generación: 0.02 segundos
    434,792 Visitas únicas